Este servicio solo puede ser prestado por organizaciones registradas en la Dirección del Trabajo y en base a 6 causales establecidas por Ley:
Son profesionales cualificados en sus funciones, con experiencia en el sector y disponibilidad inmediata, satisfaciendo tus necesidades actuales o futuras rápidamente sin ningún compromiso a largo plazo.
Es aquella en que la empresa principal debe responder cuando el contratista o subcontratista, según el caso, no cumple con sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores.
No. Estos contratos no son renovables. Sin embargo sí se pueden prorrogar hasta completar los 90 ó 180 días en su caso.
– Para realizar tareas de representación de la empresa usuaria (gerencia, subgerencia, agentes o apoderados).
– Para reemplazar a trabajadores que han declarado la huelga legal en el respectivo proceso de negociación colectiva.
– Para ceder trabajadores a otras empresas de servicios transitorios.